ESTADOS FINANCIEROS ANUALES DICTAMINADOS

ESTADOS FINANCIEROS TRIMESTRALES

ESTATUTOS SOCIALES Y ACUERDOS ASAMBLEAS DE ACCIONISTAS


ARTíCULO 21 BIS


Las Entidades Financieras deberán difundir a través de la página electrónica de Internet de la propia entidad, los estados financieros básicos consolidados anuales dictaminados con cifras al mes de diciembre de cada año, incluyendo sus notas, así como el dictamen realizado por el Auditor Externo Independiente, dentro de los noventa días naturales siguientes al cierre del ejercicio respectivo. Adicionalmente, los almacenes generales de depósito, deberán difundir de manera conjunta con la información anterior:

I. Un reporte con los comentarios y análisis de la administración sobre los resultados de operación y situación financiera de la entidad.

II. La integración del Consejo.

III. El monto total que representan en conjunto las compensaciones y prestaciones de cualquier tipo.

IV. La descripción del tipo de compensaciones y prestaciones.


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ARTíCULO 21 BIS 1


Las Entidades Financieras, asimismo, deberán difundir a través de su página electrónica de Internet, los estados financieros básicos consolidados con cifras a marzo, junio y septiembre, dentro del mes inmediato siguiente al de su fecha, incluyendo sus notas, atendiendo a la importancia relativa como característica asociada a la relevancia a que se refiere la NIF A-4 “Características cualitativas de los estados financieros”, o la que la sustituya, de las Normas de Información Financiera emitidas por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C.


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ARTíCULO 21 BIS 3


Los almacenes generales de depósito, también deberán difundir a través de la página electrónica de Internet que corresponda a la propia entidad, lo siguiente:

I. Dentro de los 5 días hábiles siguientes al de la celebración de la asamblea de que se trate, resumen de los acuerdos adoptados en las asambleas de accionistas, obligacionistas o tenedores de otros valores.

II. De manera permanente, los estatutos sociales que correspondan al almacén general de depósito. 


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