La NOM-015 establece las especificaciones de información comercial y advertencias de seguridad para juguetes que se comercializan en México, incluyendo los importados.
Regula la información que debe declararse en la etiqueta o empaque: edad recomendada, advertencias de seguridad, instrucciones de uso o armado cuando aplica, y los datos del fabricante o importador responsable.
¿Qué evaluamos en la inspección?
Documentos que emitimos
El trámite inicial con el que arranca la evaluación de su producto.
Documento que evalúa si el etiquetado de su producto cumple con lo establecido en la NOM-015.
Constancia con vigencia definida que respalda el cumplimiento evaluado de su producto.
¿Por qué evaluarlo antes de que llegue a aduana?
Las autoridades aduaneras pueden proceder al embargo precautorio de mercancía que no acredite el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas de información comercial, conforme a las disposiciones de la Ley Aduanera vigentes. Evaluar el etiquetado antes de la importación reduce el riesgo de que su mercancía quede detenida.
Cotización sujeta a evaluación. Precios no incluyen IVA.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la NOM-015?
Es la Norma Oficial Mexicana que establece las especificaciones de información comercial y advertencias de seguridad para juguetes que se comercializan en México, incluyendo los importados.
¿Qué documentos necesito para acreditar el cumplimiento de la NOM-015?
Para iniciar la evaluación necesitamos el diseño de etiqueta o empaque y la ficha técnica del producto, incluyendo edad recomendada y materiales. Con base en esto evaluamos su producto y emitimos el Dictamen de Cumplimiento o la Constancia de Conformidad correspondiente.
¿Qué pasa si el juguete no incluye la edad recomendada en el empaque?
Es uno de los datos que evaluamos como parte del cumplimiento; su ausencia puede derivar en observaciones que deben corregirse antes de comercializar el producto.