El marbeteado consiste en colocar el marbete en cada envase de bebida alcohólica. El cliente tramita sus marbetes ante el SAT y Alminter coloca el marbete en sus CEDIS de Tultitlán y Pelícano, tanto para vino y otras bebidas importadas como para bebidas nacionales.

Antes del marbete, la etiqueta también importa: la NOM-142-SSA1/SCFI-2014 fija qué información sanitaria y comercial debe llevar una bebida alcohólica. Esta guía explica ambas partes y cómo se coordinan en un mismo almacén.

Puntos clave

  • El cliente tramita sus marbetes ante el SAT; Alminter ofrece el servicio de colocación.
  • La bebida importada puede marbetearse en depósito fiscal; la bebida nacional, en un almacén general de depósito.
  • La NOM-142 regula el etiquetado sanitario y comercial de las bebidas alcohólicas.
  • La UI de Alminter (UVNOM-018) evalúa el prototipo de etiqueta antes de imprimirlo y colocarlo.

Qué es el marbeteado y quién hace cada parte

El marbete es el elemento que se adhiere al envase de la bebida alcohólica. Su trámite corresponde al cliente ante el SAT; consulte los trámites vigentes para bebidas de importación que se adhieren en depósito fiscal y para bebidas alcohólicas nacionales.

Una vez que usted cuenta con sus marbetes, Alminter se encarga de la colocación sobre la mercancía que tiene almacenada, en Tultitlán y Pelícano. Así, el producto sale del almacén listo para su comercialización sin que usted tenga que coordinar otro proveedor para esa maniobra.

Colaborador de Alminter colocando un marbete del SAT en el cuello de una botella de vino importado
Colocación del marbete en una botella de vino importado.

Bebidas importadas y bebidas nacionales

El servicio aplica a ambos casos y cambia el régimen en el que se coloca el marbete:

Bebida importadaBebida nacional
Dónde puede marbetearseEn depósito fiscalEn almacén general de depósito
EjemplosVino y otras bebidas de importaciónVino nacional, tequila u otras bebidas de un productor nacional
Trámite del marbeteEl cliente, ante el SATEl cliente, ante el SAT
ColocaciónAlminterAlminter

Si usted importa, el marbeteado puede combinarse con el depósito fiscal. Si es productor nacional, puede resolverse en el almacén general de depósito. Cada operación se evalúa por separado.

Qué exige la NOM-142 al etiquetar una bebida alcohólica

La NOM-142-SSA1/SCFI-2014, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de marzo de 2015, establece las especificaciones sanitarias y las disposiciones de etiquetado sanitario y comercial de las bebidas alcohólicas que se comercializan en el territorio nacional. Entre los requisitos obligatorios del capítulo 9 se encuentran:

  • Nombre o denominación del producto y marca comercial (9.3.1).
  • Nombre, denominación o razón social y domicilio fiscal del responsable del producto; en productos importados, los del importador (9.3.2).
  • País de origen (9.3.3) e identificación de lote (9.3.4).
  • Contenido alcohólico (9.3.6), lista de ingredientes cuando aplique (9.3.7.1) y leyendas precautorias y símbolos (9.3.7.2).
  • Información obligatoria en idioma español (9.2.1).

En el caso del producto importado, el numeral 9.3.2.2 permite que la información del importador se incorpore en territorio nacional, antes de su comercialización. La cerveza tiene una regla distinta: según el numeral 9.3.2.3, la cerveza y las bebidas preparadas a base de una mezcla de limonada y cerveza o vino, o de cerveza y vino, importadas, deben incluir el nombre y domicilio del importador o su registro federal de contribuyentes, así como las leyendas y símbolos de los numerales 9.3.7.2.1 y 9.3.7.2.4 y del Apéndice A Normativo, antes de su internación al país. Por eso conviene revisar la etiqueta antes del embarque.

Revisión del prototipo de etiqueta y Constancia de Conformidad

El capítulo 11 de la NOM-142 señala que esta norma no es certificable y que las unidades de verificación de información comercial acreditadas y aprobadas por la Secretaría de Economía pueden evaluar su conformidad. En Alminter, esa evaluación la realiza nuestra Unidad de Inspección Acreditada (UI) UVNOM-018, anteriormente conocida como unidad de verificación acreditada (UVA). El proceso es el siguiente:

  1. Usted nos envía el prototipo de su etiqueta.
  2. Evaluamos el prototipo frente a los requisitos de la NOM-142.
  3. Si cumple, se emite la Constancia de Conformidad y la etiqueta puede imprimirse y colocarse.
  4. Si no cumple, le entregamos observaciones para que corrija o modifique el prototipo. Usted nos lo vuelve a enviar y lo evaluamos de nuevo hasta validar las correcciones.

Los tiempos dependen de la complejidad de la etiqueta y de qué tan rápido se atiendan las observaciones; no los prometemos de antemano.

Cómo lo resuelve Alminter

Alminter es un Almacén General de Depósito con licencia propia, regulado por la CNBV, y no habilita a terceros. Con la UI (UVNOM-018) bajo el mismo techo, la revisión de su etiqueta, el almacenamiento, el depósito fiscal y la colocación del marbete se coordinan con un solo proveedor.

¿Necesita marbetear o revisar la etiqueta de sus bebidas?

Cotización sujeta a evaluación. Precios no incluyen IVA.
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Preguntas frecuentes sobre el marbeteado de bebidas alcohólicas

¿Qué es el marbeteado de bebidas alcohólicas?

Es la colocación del marbete en cada envase de bebida alcohólica. El marbete se tramita ante el SAT; en Alminter ofrecemos el servicio de colocación en nuestros CEDIS de Tultitlán y Pelícano.

¿Quién tramita los marbetes: el cliente o Alminter?

El cliente tramita sus marbetes ante el SAT. Alminter presta el servicio de colocación del marbete sobre la mercancía que tiene en el almacén.

¿Se puede marbetear vino importado y bebidas nacionales?

Sí. La bebida importada puede marbetearse en depósito fiscal y la bebida nacional, por ejemplo la de un productor de vino o de destilados, puede marbetearse en un almacén general de depósito. Cada caso se revisa según su operación.

¿Qué es la NOM-142-SSA1/SCFI-2014?

Es la Norma Oficial Mexicana que establece las especificaciones sanitarias y las disposiciones de etiquetado sanitario y comercial de las bebidas alcohólicas que se comercializan en el territorio nacional. Fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de marzo de 2015.

¿Qué dice la NOM-142 sobre la cerveza importada?

El numeral 9.3.2.3 establece que la cerveza y ciertas bebidas preparadas a base de mezclas con cerveza o vino, cuando son importadas, deben incluir el nombre y domicilio del importador o su registro federal de contribuyentes, así como las leyendas y símbolos que la propia norma señala, antes de su internación al país.

¿Alminter certifica etiquetas de bebidas alcohólicas?

No. La NOM-142 no es certificable. Lo que hace la Unidad de Inspección Acreditada (UI) de Alminter, UVNOM-018, es evaluar el prototipo de etiqueta frente a los requisitos de la norma y, si cumple, emitir la Constancia de Conformidad. Si no cumple, entrega observaciones para que el cliente corrija y vuelva a enviarlo.

¿Cuánto cuesta el marbeteado?

Depende del tipo de producto, el volumen y los servicios requeridos, por eso la cotización se hace tras evaluar cada caso. Cotización sujeta a evaluación. Precios no incluyen IVA.

Escrito por el Equipo Alminter. Almacén General de Depósito con licencia propia, regulado por la CNBV, cuya UI (UVNOM-018) puede consultarse en el registro oficial de la Secretaría de Economía.


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